Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090204-0108
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE ESTELLA EDICTO El Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Estella/Lizarra. Se hace saber: Que en este Juzgado se siguen diligencias urgentes número 48 de 2008, por conducción sin licencia o permiso, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Vistos por doña Esther Fernández Arjonilla, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Estella y su partido judicial, los presentes autos por la presunta comisión de un delito de conducción sin licencia o permiso, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como denunciado, don Édison Ibán Rosero Ortiz, con número de identificación de extranjería X-7902772-H, asistido del letrado don Javier Elorza Rojo, constando en las actuaciones las circunstancias personales de todos ellos. Fallo Que debo condenar y condeno a don Édison Ibán Rosero Ortiz, como autor criminalmente responsable de un delito de conducción sin carné del artículo 384.2 del Código Penal, a la pena, rebajada ya en el tercio establecido en el artículo 801.2, de ocho meses de multa, con cuota diaria de 6 euros, y la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a la pena de veintidós días de trabajo en beneficio de la comunidad, así como el pago de las costas. Esta sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso. Remítanse las actuaciones al Juzgado de lo penal que corresponda para la ejecución de lo acordado en esta sentencia. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación a don Édison Ibán Rosero Ortiz, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Estella/Lizarra, a 12 de enero de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.834/09) |

