Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-02-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090206-0085

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE POZUELO DE ALARCÓN

EDICTO

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 223 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, doña María Elena Garde García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Pozuelo de Alarcón, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 223 de 2008, seguidos por una presunta falta de hurto, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados doña Susana Acedo Gordillo, el representante legal de “Hipercor”, don Sergio Rico Rodríguez y don Alberto Aranda Antón, he venido a dictar la presente resolución a la que sirve de base lo siguiente:

Que debo condenar y condeno a don Sergio Rico Rodríguez y a don Alberto Aranda Antón, como autores de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de cuarenta y cinco días de multa, con una cuota diaria de 10 euros para cada uno de ellos, con el apercibimiento expreso de que en caso de impago quedarán sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alberto Aranda Antón y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 29 de diciembre de 2008.—El secretario (firmado).

(03/2.291/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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