Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090206-0117
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.349 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Khounfi Abdellah, contra la empresa “Construcciones Nual 2008, Sociedad Limitada”, y don Alberto Núñez Bravo, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia En Madrid, a 12 de enero de 2009. Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por despido, seguido ante este Juzgado con el número 1.349 de 2008, a instancias de don Khounfi Abdellah, asistido del letrado señor don Sotero Organero Vélez, frente a la empresa “Construcciones Nual 2008, Sociedad Limitada”, y don Alberto Núñez Bravo, que no comparecen, autos en los que se ha dictado el siguiente: Fallo Que estimando la demanda de despido entablada por don Khounfi Ambellah, frente a la empresa “Construcciones Nual 2008, Sociedad Limitada” y don Alberto Núñez Bravo, declaro improcedente el despido objeto de este procedimiento de fecha 22 de septiembre de 2008, condenando a la empresa demandada de forma solidaria a readmitir al actor en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido, o bien, a su elección manifestada ante la Secretaría del Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, a optar por el abono de una indemnización por importe de 974,93 euros, condenando en cualquier caso a la empresa al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente resolución con arreglo al salario declarado probado. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Nual 2008, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.434/09) |

