Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-02-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090207-0063

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 18
DE MADRID

EDICTO

En el juicio de procedimiento número 113 de 2004, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuya texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 20 de diciembre de 2004.—El señor don Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez de primera instancia del número 18 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 113 de 2004, a instancias de “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, contra desconocidos e ignorados herederos de don José Fernández Ateca.

Fallo

Que desestimando la demanda formulada por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, contra desconocidos e ignorados herederos de don José Fernández Ateca, citados edictalmente e incomparecidos, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra ellos deducidas, condenando a la actora al pago de las costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente de su notificación conforme a los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos y notificación a las partes, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a desconocidos e ignorados herederos de don José Fernández Ateca.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2004.—La secretaria (firmado).

(02/752/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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