Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0112

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

FUENTE EL SAZ DE JARAMA

LICENCIAS

Ante la acreditada imposibilidad de notificación a “Varoliva Aceitunas, Sociedad Limitada”, cuyo representante legal es don Eduardo Varona Fernández, en la avenida de España, número 70, bajo B, del municipio de Alcobendas, y desconocido el domicilio actual, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto de la resolución de Alcaldía 1200/2008, de 25 de noviembre, mediante la que se adoptó, entre otros acuerdos, el siguiente:

Declarar la terminación del procedimiento por imposibilidad material para continuarlo, quedando constancia en el expediente de que la actividad ya no existe.

Declarar el archivo de las actuaciones practicadas sin expedición de licencia.

Contra el presente acuerdo podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición que se presentará ante este mismo órgano en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de esta publicación, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente, de conformidad con la legislación vigente.

Fuente el Saz de Jarama, a 7 de enero de 2009.—La alcaldesa, Mónica García Carabias.

(02/462/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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