Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-02-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0048

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Organismo Autónomo Madrid Salud

Subdirección General de Servicios Administrativos

Publicación de acuerdos de inicio/propuestas de resolución de ­expedientes sancionadores en materia de salud pública e higiene.

Según lo previsto en el artículo 59.5, en concordancia con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a la interesada que se relaciona a continuación la incoación de expediente sancionador en materia de salud pública e higiene por infracción a la normativa relacionada, ordenada por acuerdo del gerente de Madrid Salud.

La interesada dispone de un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente de la publicación de este anuncio para formular alegaciones, presentar documentos y proponer la práctica de las pruebas que considere convenientes. Los mismos se presentarán conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y deberán dirigirse a Madrid Salud, Subdirección General de Servicios Administrativos, sito en calle Juan Esplandiú, números 11-13, donde, asimismo, podrá solicitar vista del expediente.

Relación de expedientes sancionadores iniciados

Número de expediente. — Titular. — Fecha de la infracción. —
 Normativa infringida. — Sanción prevista

207/2008/3001. — Comunidad de propietarios de la calle General Aranaz, número 25. — 11 de agosto de 2008. — Artículo 24.2 del Decreto 80/1998. — 900 euros.

Madrid, a 12 de enero de 2009.—La jefa de Unidad Técnica de Procedimiento y Asuntos Generales, Belén Iscar Valenzuela.

(02/948/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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