Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0158
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 60 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de juicio verbal número 267 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 206 de 2007 En Madrid, a 29 de octubre de 2008.—La señora doña Inmaculada Vacas Hermida, magistrada-juez de primera instancia del número 60 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 267 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, con procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza y letrado don José Luis Esteban Villar, y de otra, como demandado, don Gustavo Andrés Cingolani, sobre juicio verbal; y... Fallo Que estimando íntegramente la demanda planteada por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza, en nombre y representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don Gustavo Andrés Cingolani: 1. Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre la parte actora y dicho abonado, suscrito mediante la póliza número 1.932.021. 2. Condeno a la parte demandada a estar y pasar por dicha resolución. 3. Se establece la obligación del demandado de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora. 4. Condeno a la parte demandada a abonar a “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, la cantidad de 2.166,49 euros en concepto de daños y perjuicios, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda. Todo ello imponiendo al demandado el pago de las costas del juicio. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Gustavo Andrés Cingolani, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 23 de enero de 2009.—El secretario (firmado). (02/1.278/09) |

