Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-02-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0015

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

422 ORDEN 6040/2008/01, de 30 de diciembre, por la que se modifica parcialmente la Orden 5044/2008, de 30 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de noviembre), por la que se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado, destinadas a profesores de centros docentes privados concertados y de centros docentes públicos con convenio con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 2349/2008, de 30 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de mayo), se modifican parcialmente las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas
individuales para la realización de actividades de formación del profesorado, destinadas a profesores de centros docentes privados concertados y de centros docentes públicos, con convenio con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, determinándose en sus bases decimoquinta y decimosexta que la no presentación de la documentación justificativa, en los términos establecidos y en el plazo indicado, conllevaría la no percepción de la ayuda económica.

De conformidad con la citada convocatoria, por Orden 5044/2008, de 30 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de noviembre), se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales, incluyendo una relación nominativa de beneficiarios expresando la cuantía de la ayuda concedida en cada caso.

Finalizado el plazo de presentación de la documentación justificativa de realización de la actividad de formación y no habiendo sido remitida por doña Iratxe Ortiz Lucas, procede la modificación de la Orden de concesión.

En base a lo anterior, a propuesta de la Comisión de Selección, esta Consejería de Educación

HA RESUELTO

Primero

Dejar sin efecto la Orden de concesión de ayudas en lo que respecta a doña Iratxe Ortiz Lucas.

Segundo

Contra la presente Orden cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la forma y plazos establecidos por la normativa vigente.

Madrid, a 30 de diciembre de 2008.

La Consejera de Educación,
 LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/3.839/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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