Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090213-0032
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C) Otras Disposiciones Universidad Complutense de Madrid
Vista la Resolución de 16 de mayo de 2008, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se establecen las bases reguladoras para el Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación Universidad Complutense-Comunidad de Madrid. Vista la Resolución de 16 de mayo de 2008, del Rector de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se establece la convocatoria para el año 2008 de ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación. Concluido el proceso de evaluación científico-técnica y selección de las solicitudes conforme a lo establecido en los artículos 7 y 8 de las bases reguladoras y los artículos 8 y 9 de la convocatoria y, de acuerdo con la propuesta elaborada por la Comisión de Selección. En el uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes, DISPONGO Primero Resolver la convocatoria del año 2008, de ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación, mediante la concesión de las ayudas relacionadas en el Anexo I a esta Resolución. Segundo La duración de estas ayudas será de un año a contar desde el 1 de enero de 2009. Tercero Denegar las solicitudes no recogidas en el Anexo citado en el punto primero. Cuarto Disponer la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial de la Universidad Complutense de Madrid” (BOUC), así como la notificación individual a los interesados. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Complutense de Madrid, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Madrid, a 30 de diciembre de 2008. — El Rector, PD (Decreto Rectoral 52/2007, de 2 de julio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de julio de 2007), la Vicerrectora de Investigación y Política Científica, Carmen Acebal Sarabia. ANEXO I Proyectos de Investigación concedidos en el marco del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación (PR53/08) Modalidad A Modalidad B Modalidad C Desierta. (03/3.925/09) |

