Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-02-2009

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090213-0016

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Consejería de Transportes e Infraestructuras

Resolución de 23 de enero de 2009, por la que se procede a la publicación de las órdenes resolutorias de recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de transportes (Ed. 6/09).

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios las notificaciones de las órdenes que se relacionan en el Anexo I, resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de transportes, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exposición en el tablón de edictos en el respectivo Ayuntamiento, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre).

En los casos en los que dichas órdenes resuelvan recursos de alzada interpuestos en tiempo y forma, ponen fin a la vía administrativa. En el resto de los supuestos, la firmeza en vía administrativa se produjo en los términos previstos en los artículos 109 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Contra todas ellas cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación. El importe de las sanciones, en su caso, deberá hacerse efectivo dentro del plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la presente orden, en las correspondientes cuentas corrientes de las entidades colaboradoras, indicando el número de expediente y la identificación del interesado. En caso contrario se procederá al cobro por el procedimiento de apremio, con arreglo a lo dispuesto en la Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

CLAVES DE IDENTIFICACIÓN

(1) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de julio).

(2) Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (“Boletín Oficial del Estado” de 8 de octubre).

Madrid, a 23 de enero de 2009.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución 10 de julio de 2007), la Jefa del Área de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo, Sonia Delgado Aceves.

ANEXO I

Sancionado. — Último domicilio conocido. — Expediente. — 
Infracción. — Preceptos infringidos. — Fecha de la resolución del
 recurso. — Sentido de la resolución del recurso. — Sanción

Pugarramendi Transportes, Lda. — Rua Presa da Caseda, 3711, Fanzeres (Portugal). — 2093.9/08. — No presentar los discos-diagrama que existe obligación de llevar a bordo del vehículo. Presenta únicamente el que lleva insertado en el momento del control. — Artículos 140.24 y 143.1.g) de la LOTT (1) y 197.24 y 291.1.g) de su Reglamento (2). — 10 de abril de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 2.001 euros.

Pugarramendi Transportes, Lda. — Rua Pieza da Oanada, 371, Fanzeras (Portugal). — 2100.9/08. — Utilizar un disco-diagrama no homologado para el aparato tacógrafo instalado en el vehículo. Tacógrafo Motometer E-216. — Artículos 142.4 y 143.1.c) de la LOTT (1) y 199.4 y 201.1.c) de su Reglamento (2). — 10 de abril de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 301 euros.

Nerexi Guadalupe Jilón Zambrano. — Guetaria, 71, bajo C, 28026 Madrid. — 2531.9/08. — Realizar un transporte privado complementario en la Comunidad de Madrid de mercancías perecederas (pescado congelado), en vehículo que no reúne las condiciones técnicas exigibles (vehículo isotermo normal y con certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas caducado). — Artículos 140.26.1 y 143.1.g) de la LOTT (1) y 197 y 201.1.g) de su Reglamento (2). — 7 de febrero de 2008. — Recurso de alzada inadmitido por extemporáneo. — 2.001 euros.

Doman, Sociedad Anónima. — Joseph Trueta, sin número,
08400 Granollers (Barcelona). — 2535.9/08. — Circular desde Barcelona hasta Coslada transportando UN 2331, UN 3077, UN 2259, UN 3082, UN 1866, UN 1710 y UN 2014, peróxido de hidrógeno al 20 por 100, 5.1 (8) GE II (18 bidones), no llevando a bordo ni la carta de porte ni las instrucciones escritas de la materia 2014. — Artículos 140.25.4 y 143.1.e) de la LOTT (1). — 24 de septiembre de 2008. — Recurso extraordinario de revisión inadmitido. — 2.001 euros.

Movitierra Tres García, Sociedad Limitada. — Avenida Reina Sofía, 28, 28919 Leganés (Madrid). — 2575.9/08. — Realizar un transporte de mercancías (tierra) no prestando atención total a las instrucciones del agente al requerirle para traslado a la báscula situada en la A-4, vía de servicio, kilómetro 32. Se adjunta “ejemplar para el denunciado” del boletín de denuncia. — Artículos 33.3, 33.4, 140.6 y 143.1.i) de la LOTT (1) y 197.6 y 201.1.i) de su Reglamento (2). — 2 de junio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 4.601 euros.

Transportes y Excavaciones Bolado, Sociedad Limitada. — José María Usandizaga, 32, 28430 Alpedrete (Madrid). — 3055.9/08. — Desatención a los requerimientos formulados por la Administración para que se subsanen las deficiencias constitutivas de infracción, al no cumplir el requerimiento enviado en el expediente sancionador 06-BD-11374.6/2006 y recibido por la expedientada en fecha 30 de julio de 2007. — Artículos 33.3, 33.4, 140.7, 143.1.i) y 144.2 de la LOTT (1) y 197.7 y 201.1.i) de su Reglamento (2). — 13 de mayo de 2008. — Recurso de alzada estimado en parte. — 1.501 euros.

Transportes y Excavaciones Atravi, Sociedad Limitada. — Puerto del Pico, 28, 28916 Leganés (Madrid). — 3687.9/08. — Realizar un transporte público de mercancías (áridos), desde Boadilla del Monte hasta Valdetorres, con un peso total en carga de 31.850 kilogramos, teniendo una MMA de 26.000 kilogramos. Exceso de peso: 5.850 kilogramos (22,50 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.19 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 19 de junio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 3.756 euros.

Gabriel Rubio Redondo. — Alpujarras, 41, 28320 Pinto (Madrid). — 3743.9/08. — Llevar instalado un tacógrafo que no ha pasado la revisión periódica. Última revisión 23 de septiembre de 2004. — Artículos 141.5 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 198.5 y 201.1.f) de su Reglamento (2). — 30 de abril de 2008. — Recurso de alzada estimado. — 0 euros.

Antonia Ocaña Carrasco. — Espada, 19, 28922 Alcorcón (Madrid). — 4020.9/08. — Realizar un transporte público de neumáticos en vehículo ligero careciendo de autorización de transporte. — Artículos 140.1.9 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 41, 109 y 198.31 de su Reglamento (2). — 9 de mayo de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 1.501 euros.

Excavaciones y Construcciones Sarofe, Sociedad Limitada. — María Verónica (Sector A), 26, 28440 Guadarrama (Madrid). — 5180.9/08. — Realizar un transporte público de mercancías con un peso total en carga de 34.385 kilogramos, teniendo una MMA de 26.000 kilogramos. Exceso de peso: 8.385 kilogramos (32,25 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.19 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 9 de mayo de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 4.406 euros.

Manuel López Sanz. — Damasquillo, 1, 28044 Madrid. — 5502.9/08. — Realizar un transporte público de mercancías (tierra), desde Madrid hasta Aranjuez (Madrid), con un peso total en carga de 46.510 kilogramos, teniendo una MMA de 38.000 kilogramos. Exceso de peso: 8.150 kilogramos (21,45 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.19 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 9 de mayo de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 3.691 euros.

Spain Bus, Sociedad Anónima. — Gran Vía, 31, 28013 Madrid. — 6484.9/08. — Realizar un transporte de viajeros (trabajadores de Mercedes-Benz) careciendo del libro de reclamaciones. — Artículos 141.19, 147 y 143.1.e) de la LOTT (1) y 198.19, 222 y 201.1.e) de su Reglamento (2). — 21 de julio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 1.001 euros.

Catalina Ana Cervera Aznar. — Teide, 39, 30870 Mazarrón (Murcia). — 6653.9/08. — Minoración del descanso semanal, ya que realiza siete períodos de conducción sin realizar el descanso mínimo de veinticuatro horas, siendo el máximo que realiza de diecisiete y quince horas. — Artículos 140.20 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.20 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 13 de mayo de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 3.301 euros.

Logispaby, Sociedad Limitada. — España, 78-79, polígono industrial Villamuriel, 34190 Villamuriel de Cerrato (Palencia). — 7495.9/08. — Circular con un vehículo dotado de tacógrafo digital sin haber realizado el primer calibrado, habiendo transcurrido más de dos semanas tras la matriculación (28 de junio de 2006). — Artículos 141.5 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 198.5 y 201.1.f) de su Reglamento (2). — 19 de mayo de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 1.501 euros.

Market Trend Asesores, Sociedad Limitada. — Vicente Blasco Ibáñez, 19, portal F-4B, 28050 Madrid. — 7548.9/08. — Realizar un transporte privado complementario de mercancías (mobiliario), desde Madrid hasta Barcelona, con un peso total en carga de 4.880 kilogramos, teniendo una MMA de 3.500 kilogramos. Exceso de peso: 1.380 kilogramos (39,43 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 4 de junio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 4.600 euros.

Pedro José Manzano Herranz. — La Bureba, 11, noveno A, 28915 Leganés (Madrid). — 8082.9/08. — Realizar un transporte público de mercancías (tierra), desde Móstoles hasta Aranjuez, careciendo de albarán, carta de porte u otra documentación acreditativa del mismo. — Artículos 141.19 y 143.1.e) de la LOTT (1) y 198.19 y 201.1.e) de su Reglamento (2). — 10 de abril de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 1.001 euros.

Pedro José Manzano Herranz. — Camino de Prado Vera, apartado de Correos 65, sin número, 28440 Guadarrama (Madrid). — 8825.9/08. — Realizar un transporte privado complementario de mercancías (material de encofrado), desde Guadarrama hasta Madrid, con un peso total en carga de 4.850 kilogramos, teniendo una MMA de 3.500 kilogramos. Exceso de peso: 1.350 kilogramos (38,57 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.19 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 19 de junio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 4.600 euros.

Fernández Barrio, Sociedad Limitada. — Camino de Prado Vera, sin número, apartado de Correos 65, 28440 Guadarrama (Madrid). — 8825.9/08. — Realizar un transporte privado complementario de mercancías (material de encofrado), desde Guadarrama hasta Madrid, con un peso total en carga de 4.850 kilogramos, teniendo una MMA de 3.500 kilogramos. Exceso de peso: 1.350 kilogramos (38,57 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.19 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 19 de junio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 4.600 euros.

Deluxe Touring, Sociedad Limitada. — Sierra Bullones, 3, 28029 Madrid. — 8851.9/08. — La carencia de hojas de registro del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso que existe la obligación de llevar en el vehículo. Faltan los discos/informes de la semana en curso y los quince días anteriores. Presenta únicamente disco de fecha 5 de febrero de 2007. Conductor don Carlos Fernández Denia. — Artículos 141.31 y 143.1.k) de la LOTT (1) y 198.31 y 201.1.k) de su Reglamento (2). — 19 de mayo de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 401 euros.

Sampop Excavaciones, Sociedad Limitada. — Dionisio Inca Yupanqui, 11, segundo B, 28043 Madrid. — 13273.9/08. — Realizar un transporte privado complementario de tierra, desde Madrid hasta Las Matas, con un peso total en carga de 30.675 kilogramos, teniendo una MMA de 26.000 kilogramos. Exceso de peso: 4.675 kilogramos (17,98 por 100). — Artículos 140.19 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.19 y 201.1.h) de su Reglamento (2). — 19 de junio de 2008. — Recurso de alzada desestimado. — 3.431 euros.

(01/321/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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