Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090213-0027
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
Por medio del presente anuncio se notifica a la Comunidad de Propietarios Corregidor José de Pasamonte, con domicilio en la calle Corregidor José de Pasamonte, número 35, 28030, Madrid, el oficio emitido el 19 de septiembre de 2008 por el Servicio de Gestión Administrativa y Jurídica de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre requerimiento para la presentación de la documentación en relación con la solicitud de devolución de tasas, con el siguiente tenor literal: En relación a su solicitud de devolución de tasas: Se le remite nuevo impreso de solicitud de devolución de tasas, con objeto de que se sirva devolvérnosla debidamente cumplimentada con todos los datos, subsanando los siguientes: — Deberá figurar como solicitante la misma persona física o jurídica que figura como titular en el recibo de la tasa abonada, que es la Comunidad de Propietarios Corregidor José de Pasamonte, 35 — En caso de persona jurídica, la instancia debe ir cumplimentada con el sello de la entidad en el margen inferior izquierdo, el sello de la Comunidad de Propietarios Corregidor José de Pasamonte, 35 — La devolución de la tasa, si procede, se efectuará por transferencia bancaria al titular que figura en el recibo de la tasa abonada, que es la Comunidad de Propietarios Corregidor José de Pasamonte, 35 — Especificar en la instancia los datos bancarios de la entidad Comunidad de Propietarios Corregidor José de Pasamonte, 35 — Recibo original del “Ejemplar para el interesado”. En consecuencia, se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación de este escrito, presente la solicitud debidamente subsanada, junto con la documentación solicitada, en el Registro de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas (calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, 28016 Madrid) o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso contrario, a tenor de lo establecido en el artículo 71.1 de la citada Ley, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la misma. Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 3 de enero, toda vez que no ha podido practicarse la notificación del oficio mencionado. Madrid, a 13 de enero de 2009.—El director general de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (03/3.291/09) |

