Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-02-2009

Sección 1.1.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090213-0156

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A) Disposiciones Generales

Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno

461 DECRETO 10/2009, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno es competente para variar la denominación y el número de las Consejerías que forman el Gobierno.

De acuerdo con el principio general de economía administrativa y en ejercicio de la potestad de autoorganización, se considera conveniente fusionar la Consejería de Cultura y Turismo y la Consejería de Deportes.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 12 de febrero de 2009,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo

1.  Se crea la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo.

2.  Corresponden a la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo las competencias que actualmente tienen atribuidas la Consejería de Cultura y Turismo y la Consejería de Deportes.

3.  Se crea la Secretaría General Técnica de Cultura, Deporte y Turismo.

Artículo 2

Estructura básica de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo

1.  La Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, bajo la superior dirección del titular del departamento, tendrá la siguiente estructura básica y organismos adscritos:

a) Viceconsejería de Cultura y Turismo.

b) Viceconsejería de Deportes.

c) Secretaría General Técnica.

d) Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

e) Dirección General de Promoción Cultural.

f) Dirección General de Patrimonio Histórico.

g) Dirección General de Deportes.

h) Dirección General de Promoción Deportiva.

i) Dirección General de Turismo.

j) Dirección General de Juventud.

k) Sociedad Pública Turismo Madrid, Sociedad Anónima.

l) Turmadrid, Sociedad Anónima.

m) Órgano de gestión sin personalidad jurídica Museo Arqueológico de la Comunidad de Madrid.

n) Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima.

o) Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid.

p) Organismo Autónomo Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación.

q) Órgano de gestión sin personalidad jurídica Centro de Medicina Deportiva.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera

Habilitación

Se habilita al Consejero de Economía y Hacienda a asignar los programas presupuestarios a la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, de acuerdo con la distribución de competencias establecida, así como a efectuar aquellas modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2009.

Segunda

Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria

El personal adscrito a los Órganos, Organismos y Empresas Públicas afectado por el presente Decreto pasará automáticamente a depender de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo. Por el Consejero de Economía y Hacienda se efectuarán, en su caso, las modificaciones que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Segunda

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de febrero de 2009.

El Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, La Presidenta,
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

(03/4.577/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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