Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090214-0162

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 26 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Muiños Frasquet, contra don Wendy Geoconda Rosero Zurita, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 15 de octubre de 2008 y providencia de fecha 10 de julio de 2008, del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 30 de julio de 2008.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta a su señoría ilustrísima del estado de las presentes actuaciones.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Andrés Benítez Benítez.—En Madrid, a 30 de julio de 2008.

Dada cuenta; visto el estado de las presentes actuaciones, requiérase a la ejecutante, doña Ana María Muiños Frasquet, para que en el plazo de cuatro días manifieste a este Juzgado si le ha sido abonada la cantidad de 904,80 euros, correspondiente a la jura de cuentas que se sigue contra don Wendy Geoconda Rosero Zurita, y que fue requerida al pago en providencia de fecha 22 de febrero de 2008, advirtiéndose que, transcurrido dicho plazo sin hacer ninguna alegación, se archivarán las presentes actuaciones, dejando nota en el libro de registro correspondiente.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—En Madrid, a 15 de octubre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito por la ejecutante doña Ana María Muiños Frasquet, manifestando que continúa sin percibir el importe que reclama por el concepto de honorarios. Asimismo se ha recibido carta devuelta dirigida a don Wendy Geoconda Rosero Zurita, con la indicación de “avisado”, que contenía la providencia de fecha 30 de julio de 2008.

Auto

En Madrid, a 15 de octubre de 2008.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por doña Ana María Muiños Frasquet, contra don Wendy Geoconda Rosero Zurita, por un importe de 904,80 euros de principal, en concepto de minuta de honorarios.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que se encuentren en su domicilio sito en la calle Zamora, número 21, primero 3, Madrid.

c)  Líbrese testimonio de la presente resolución con notificación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

d)  Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e)  Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.

Respecto a la solicitud de averiguación patrimonial de la ejecutada, estese al resultado del requerimiento y notificación por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos y hecho se acordará lo procedente.

f)  Remítase asimismo al Servicio Común de Notificaciones y Embargos la providencia de fecha 30 de julio de 2008 para su notificación a la ejecutada en el mismo domicilio anterior.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Soledad Fernández del Mazo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Wendy Geoconda Rosero Zurita, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.727/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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