Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-02-2009

Sección 2.110.160.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090216-0233

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Resolución de 26 de enero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de ayudas para la creación y consolidación de grupos de investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en la Comunidad de Madrid y se autoriza un gasto de 1.000.000 de euros para la financiación de 31 proyectos correspondientes a las ocho líneas estratégicas establecidas.

Vista la resolución 03/13.008/2008, de 6 de mayo, de la Presidencia de la Agencia Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que regula la convocatoria de ayudas para la creación y consolidación de grupos de investigación de la Agencia CSIC en la Comunidad de Madrid.

Vista la memoria del presidente de la Agencia CSIC.

Concluido el proceso de evaluación y selección de solicitudes conforme a lo previsto en los artículos 8 y 9 de la Orden de convocatoria y, de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Selección reunida el día 16 de diciembre de 2008.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

Dispongo:

Primero.—Resolver la convocatoria de ayudas para la creación y consolidación de grupos de investigación de la Agencia CSIC en la Comunidad de Madrid, regulada por Orden 03/13.008/2008, de 6 de mayo, mediante la concesión de las ayudas a los proyectos relacionados en el anexo I a esta Orden.

Segundo.—Autorizar la disposición de un gasto por importe de 1.000.000 de euros, que se imputará a partes iguales a los fondos aportados en la anualidad 2008 del Programa de Creación y Consolidación de Grupos del Contrato Programa suscrito entre la Agencia CSIC y la Administración de la Comunidad de Madrid, y a los propios créditos de la Agencia CSIC, para la financiación de los proyectos seleccionados.

Tercero.—El libramiento del total de la ayuda concedida se hará con carácter previo a la justificación de los gastos del proyecto, conforme a lo previsto en el artículo 14.1 de la Orden de convocatoria.

Cuarto.—De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.1 de la Orden de convocatoria, la duración de los proyectos será de un año, a contar desde el 1 de enero de 2009.

La Consejería de Educación y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias respecto del destino y aplicación de los fondos.

Existe obligación de rendir cuentas de las respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, a la Asamblea de Madrid, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 114 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y 5 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

ANEXO I

Dado en Madrid a 26 de enero de 2009.—El presidente de la Agencia Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

(03/3.474/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.160.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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