Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-02-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090216-0054

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 71
DE MADRID

EDICTO

Doña Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid.

Hace saber: Que en el juicio verbal de desahucio número 88 de 2008, seguido ante este Juzgado, se ha acordado notificar la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2009 al demandado mediante la publicación del presente, dado su ignorado paradero, siendo la parte dispositiva de dicha resolución del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Mónica de la Paloma Fente Delgado, en nombre y representación de “CGP Construcciones y Gestión Patrimonial, Sociedad Limitada”, contra don Rubén Martínez Jiménez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que ligaba a ambas partes sobre la finca urbana sita en la calle Prado, número 29, primero C, de Madrid.

Y debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la parte actora las rentas vencidas e impagadas y cantidades asimilables que ascienden a 2.814,75 euros hasta la fecha de presentación de la demanda, más las devengadas hasta la fecha de entrega de llaves, es decir, hasta febrero de 2008, inclusive, más las cantidades debidas por consumo eléctrico y de gas, así como el interés legal desde la fecha de la interpelación judicial, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución al demandado en rebeldía y paradero desconocido por medio de edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Madrid, a 26 de enero de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/1.105/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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