Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090217-0199
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D) Anuncios Consejería de Educación
Vista la revisión de oficio instada a don José Luis García Tercero, con número de expediente 1/2008RO, prevista en el artículo 102 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, seguido a fin de declarar la nulidad de acto administrativo, se envió al recurrente escrito informándole de la suspensión del plazo previsto para resolver dicha revisión, por la solicitud de dictamen al Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid. La notificación al interesado de dicho trámite se ha intentado en dos ocasiones, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de citada Ley, sin que se haya podido practicar. Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha notificación, cuyo texto íntegro se une como Anexo a la presente Resolución. Asimismo, se informa al interesado de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido. Madrid, a 27 de enero de 2009.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols. ANEXO “En relación con el procedimiento de revisión de oficio número 1/2008, seguido a fin de declarar la nulidad de acto administrativo, cuyo inicio fue acordado por Orden 4924/2008, de 23 de octubre, de la Consejería de Educación, de acuerdo con el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 13.f) 2.o de la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, se comunica que, con fecha 29 de diciembre de 2008, ha sido solicitado dictamen preceptivo al citado órgano consultivo. Durante el tiempo que medie entre la petición y la recepción del dictamen, que igualmente le será comunicada, el plazo de tres meses previsto para resolver el procedimiento quedará suspendido”. Madrid, a 30 de diciembre de 2008.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols. (03/3.866/09) |

