Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090218-0116
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS GETAFE RÉGIMEN ECONÓMICO Mediante decreto del concejal-delegado de Hacienda, Desarrollo Económico y Comercio se ha resuelto aprobar: — Padrón del precio público del Servicio de Ayuda a Domicilio, modalidad de atención doméstica, decreto de 16 de enero de 2009. — Padrón del precio público del Servicio de Ayuda a Domicilio, modalidad de teleasistencia, decreto de 16 de enero de 2009. Ambos padrones serán expuestos al público para su conocimiento por los interesados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio. El período de ingreso voluntario será del 1 de marzo al 30 de abril de 2009, y el pago de los recibos se podrá realizar en las siguientes cuentas de titularidad municipal: — Atención doméstica: “Caja Madrid”, 2038 2209 90 6000596129. — Teleasistencia: “Caja Madrid”, 2038 2209 96 6000572869. Transcurrido el período de pago voluntario sin que se hubiera satisfecho la deuda, el Ayuntamiento exigirá el pago de la deuda generada a través del procedimiento administrativo de apremio sobre el obligado al pago, en tal caso, asimismo, la administración municipal podrá exigir, además de las cuotas vencidas, el interés general legal correspondiente y los recargos procedentes en su caso. Contra la referida resolución podrá interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del padrón de obligados al pago, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer aquellos otros que estime procedentes. El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas. Getafe, a 16 de enero de 2008.—El concejal-delegado de Hacienda Desarrollo Económico y Comercio, David Castro Valero. (02/1.139/09) |

