Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090218-0131
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS PERALES DE TAJUÑA RÉGIMEN ECONÓMICO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Perales de Tajuña, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 18 de diciembre de 2008, sobre transferencia de créditos entre partidas de gastos del distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal del presupuesto de 2008 (expediente 3.1.2/2008-02). Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. Perales de Tajuña, a 4 de febrero de 2009.—El alcalde, José Andrés García López. (03/3.946/09) |

