Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090219-0144

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 21 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ivanka Ferova Viteva, doña Fanny Alejandrina Chávez Huayamabe, doña Marisol Sotomayor Liñán, doña Oleksandra Shchepna, doña Germania Lázaro Yagual, don Rguimou Zahout, doña Jannet Jaramillo Carhuayano, doña Victoria García García, don Ion Laurentiu Pop y doña Marlene Rosario Osores Santillán, contra la empresa “Sociosanitarios Sanalba, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Sociosanitarios Sanalba, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 111.131,61 euros, de los que corresponden:

A doña Ivanka Ferova Viteva: 7.687,12 euros.

A doña Fanny Alejandrina Chávez Huayamabe: 6.773,31 euros.

A doña Marisol Sotomayor Liñán: 8.929,61 euros.

A doña Oleksandra Shchepna: 13.976,38 euros.

A doña Germania Lázaro Yagual: 9.209,96 euros.

A don Rguimou Zahout: 7.959,07 euros.

A doña Jannet Jaramillo Carhuayano: 9.070,16 euros.

A doña Victoria García García: 19.078,04 euros.

A doña Marlene Osores Santillán: 11.337,35 euros.

A don Ion Laurentiu Pop: 17.110,61 euros.

Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado)

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sociosanitarios Sanalba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.536/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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