Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090219-0239

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 874 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolaev Milen Krasimirov, don Vladislav Bilchev Nedelchev, don Dilyan Georgiev Dimanov, don Svetoslav Georgiev Dimanov y don Borislav Georgiev Dimanov, contra la empresa “Actúa Prevención Integral, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 15 de octubre de 2009, a las diez y treinta horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, cuarta planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admite y declara pertinente la Prueba de Confesión Judicial del representante legal de la empresa demandada, a cuyo fin cítesele de comparecencia, en el acto del juicio, para que confiese, con los apercibimientos que establece el artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admite y declara pertinente la prueba documental, a cuyo fin requiérase a la demandada para que, en el acto del juicio, aporte la documentación interesada, con los apercibimientos que establece el artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

No se accede al embargo preventivo de bienes de la empresa demandada “Actúa Prevención Integral, Sociedad Limitada”.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Actúa Prevención Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.945/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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