Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090220-0205
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 705 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Chinchilla Esteban, contra la empresa “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 412 En la ciudad de Zaragoza, a 5 de diciembre de 2008.—Don César de Tomás Fanjul, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Jesús Chinchilla Esteban, que comparece representado por la letrada doña Teresa Robles Roca, y de otra, como demandada, “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma. Fallo Que estimando como estimo la demanda interpuesta por don Jesús Chinchilla Esteban, contra la empresa demandada “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, y teniendo por efectuada por la empresa la opción indemnizatoria, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor una indemnización de 795,45 euros y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (31 de julio de 2008) hasta la notificación de la sentencia a razón de 53,03 euros diarios. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 105,25 euros en la cuenta abierta en “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima” (“Banesto”), oficina Juzgados de Zaragoza, plaza del Pilar, número 2, clave 6348, a nombre de este Juzgado con el número 4914000064705/08, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en nombre de este Juzgado la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Zaragoza, a 5 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.378/09) |

