Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090220-0006

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiéndose intentado por dos veces la práctica de forma fehaciente de la notificación de la resolución dictada por el concejal-delegado de Hacienda, Desarrollo Económico y Comercio del Ayuntamiento de Getafe, por la que se acuerda la compensación de ingresos de derecho público según detalle de deuda facilitado por recaudación ejecutiva con mandamientos de pago no presupuestarios a nombre de “Tecvi, Sociedad Limitada”, con código de identificación fiscal número B-78099140 (como sociedad absorbente de “Proinfe, Sociedad Limitada”, con código de identificación fiscal número B-78320223), en la cantidad concurrente de 10.656,28 euros, sin haberlo conseguido al hallarse ausente la interesada, según queda acreditado en el expediente administrativo obrante en la Tesorería Municipal número 63/2008 de este Ayuntamiento, pongo en su conocimiento que de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se les citará a ustedes o sus representantes para ser notificados mediante comparecencia en las dependencias de la Tesorería Municipal (plaza de la Constitución, número 1, de Getafe, segunda planta), por medio de anuncios que se publicarán por una sola vez en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, que se efectuará los días 5 y 20 de cada mes o, en su caso, el día inmediato hábil posterior.

Dicha comparecencia deberá efectuarse en la Tesorería de esta Entidad Local, de lunes a viernes, entre las nueve y las catorce horas, lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

En todo caso la comparecencia se producirá en el plazo de
quince días naturales [disposición transitoria tercera 2.b) de la Ley 58/2003], contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, las notificaciones se entenderán producidas a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

Contra la resolución adoptada podrá interponerse recurso de reposición en aplicación de los artículos 14.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, y 221.6 de la Ley General Tributaria, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión solicita, sin perjuicio de que puedan ejercitarse, en su caso, cualesquiera otros que estimen procedentes.

Getafe, a 7 de enero de 2008.—El TSAG de Tesorería, Juan García García.

(02/353/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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