Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090220-0049
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C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda
Mediante Acuerdo de 12 de febrero de 2009, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dispuesto la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 908.500.000 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 2/2008, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2009. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, el Consejo de Ministros, en su reunión de 6 de febrero de 2009, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamo en el exterior y una o varias emisiones de Deuda Pública hasta un importe máximo de 908.500.000 euros a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para el ejercicio 2009 que se firmará entre la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Economía y Hacienda. Que en virtud del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno, previa autorización estatal y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 2/2008, de 22 de diciembre, DISPONGO Primero Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características: Importe: 100.000.000 de euros. Modalidad: Bonos a dos años. Fecha de emisión y desembolso: 25 de febrero de 2009. Precio de emisión: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión. Fecha de vencimiento: 25 de febrero de 2011. Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión. Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000 euros. Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones. Tipo de interés: 3,129 por 100 nominal anual fijo para toda la vida de la emisión, pagadero en los aniversarios de la fecha de emisión hasta e incluyendo la fecha de vencimiento final. Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act. Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de los bonos tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento. Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará discrecionalmente por la entidad aseguradora. Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado. Segundo Delegar en el Director General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio la firma del contrato de emisión y suscripción de la emisión. Tercero La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 18 de febrero de 2009. El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA (03/5.416/09) |

