Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090223-0121
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MANZANARES EL REAL RÉGIMEN ECONÓMICO Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Manzanares el Real relativo a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y realización de actividades de la Casa de la Juventud en instalaciones municipales, regulada en la ordenanza publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, suplemento número 310 (fascículo I), de fecha 19 de diciembre de 2007, con el siguiente tenor literal: “Art. 6. Cuota tributaria Monitores de tiempo libre: El Ayuntamiento subvencionará a aquellos usuarios que estén empadronados en el municipio y en posesión del carné de abonado con un 33 por 100 del valor del curso.” Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En Manzanares el Real, a 22 de enero de 2007.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana. (03/4.197/09) |

