Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0137

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

NAVAS DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobada inicialmente la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la inserción de publicidad en el Libro de las Fiestas Mayores, en sesión plenaria ordinaria de 2 de diciembre de 2008, y finalizado el plazo de exposición al público sin que se hayan presentado reclamaciones a esta ordenanza fiscal, esta se considera definitivamente aprobada.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA INSERCIÓN DE PUBLICIDAD 
EN EL LIBRO DE FIESTAS MAYORES

Artículo 1.  Fundamento y naturaleza.—En uso de las facultades previstas en el artículo 127 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 a 47 de la misma Ley, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del servicio de inserción de publicidad en el Libro de Fiestas Mayores que elabore anualmente.

Artículo 2.  Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza quienes se beneficien de los servicios o actividades por la que se deba satisfacer aquel.

Artículo 3.  Tarifas.—Las tarifas se deducirán en base a las medidas de los espacios publicitarios y a su situación.

— Página entera a cuatro tintas: 155 euros.

— Un tercio de página a cuatro tintas: 62 euros.

— Contraportada: 300 euros.

Artículo 4.  Normas de gestión.—1.  La obligación de pago nace desde que se inicie la prestación del servicio de realización de la actividad.

2.  Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio no se preste, procederá la devolución del importe correspondiente.

3.  No existirá derecho de anulación y/o devolución de la tarifa una vez se haya iniciado el proceso de encuadernación, maquetación e impresión del Libro de las Fiestas Mayores por la empresa contratada por el Ayuntamiento.

4.  El importe del precio público deberá ser ingresado en las entidades colaboradoras que se determinen al efecto, en los casos en que no pueda o deba domiciliarse al pago.

Artículo 5.  Régimen supletorio.—En lo no previsto expresamente en este ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ley 2/2004, de 5 de marzo, de Haciendas Locales.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fue aprobada por acuerdo de Pleno con fecha 2 de diciembre de 2008 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

En Navas del Rey.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.

(03/4.456/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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