Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0089
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 1 DE POZUELO DE ALARCÓN EDICTO Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 464 de 2007 se ha acordado la notificación a don Marian Chivu y don Altin Akin Emirasan, que actualmente se encuentran en paradero desconocido, la sentencia de fecha 7 de diciembre de 2007, cuyo encabezamiento y fallo son como sigue: Encabezamiento En Pozuelo de Alarcón, a 7 de diciembre de 2007.—Don Alfredo Muñoz Naranjo, magistrado-juez de instrucción del número 1 de los de Pozuelo de Alarcón y de su partido judicial, vistos los autos de juicio de faltas tramitados con el número 464 de 2007, y seguidos por una presunta falta de hurto, de una parte: en calidad de denunciante, don Osvaldo Gómez Rivero, que comparece, y de otra parte, en calidad de denunciados, don Chivu Marian y don Altin Akin Emirasan, que no comparecen, ha sido parte el ministerio fiscal. Fallo Condeno a don Chivu Marian y don Altin Akin Emirasan, como autores responsables de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 9 euros, quedando sujetos, caso de no satisfacerla, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales causadas. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo e los cinco días siguientes a su notificación, durante los cuales las actuaciones se encontrarán en Secretaría a disposición de las partes. El escrito de formalización del recurso habrá de presentarse ante el órgano que dictó la resolución que se impugne y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones. Entréguese copia de esta resolución a las partes. Y para que conste y sirva de notificación a don Chivu Marian y don Altin Akin Emisaran, actualmente en ignorado paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Pozuelo de Alarcón, a 12 de enero de 2009.—El secretario (firmado). (03/4.268/09) |

