Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0194
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Guillermo Guzmán, contra la empresa “Arles Global, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 29 de enero de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Carlos Guillermo Guzmán, contra “Arles Global, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.688,31 euros, más 151,95 euros en concepto de intereses y 168,83 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten. c) Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas: 1. Las cantidades que en concepto de saldos pendientes de facturas u otros conceptos tenga que percibir la ejecutada de “Constructora Pedralbes, Sociedad Anónima”, “Bruesa Construcción, Sociedad Anónima”, “Aldesa Construcciones, Sociedad Anónima”, “Constructora Interurbana, Sociedad Anónima”, “Consbocan, Sociedad Limitada”, “Uicesa Obras y Construcciones, Sociedad Anónima”, “Actuaciones Inmobiliarias Montalbán, Sociedad Limitada”, “Obras y Proyectos Aristrans, Sociedad Limitada”, y “Rona Consultores, Sociedad Limitada”. 2. Los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la calle Hormigo, número 1, de Getafe (Madrid), de “Monte de Piedad y Caja de Ahorros de San Fernando”, en la sucursal del paseo de Extremadura, número 129, de Madrid, de “Caja de Ahorros del Penedés”, en la sucursal de la calle Agustín de Foxá, número 24, de Madrid, de “Banesto”, en la sucursal de la calle Alonso Cano, número 28, de Madrid, del “Banco de Valencia”, y en la sucursal de la calle María Zambrano, número 7, de Getafe (Madrid), de “Ibercaja”. A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en el “Banesto”, con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento. d) Asimismo, líbrese oficio al Juzgado de lo social número 14 de Madrid, al objeto de que remita al Juzgado testimonio del auto de insolvencia provisional que se hubiera podido dictar en el procedimiento de ejecución número 158 de 2008 (demanda número 120 de 2008) que se sigue contra la misma empresa demandada, y caso de existir sobrante en el mismo nos lo transfiera a la cuenta del Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arles Global, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de enero de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/4.403/09) |

