Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-02-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090226-0075

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 47
DE MADRID

EDICTO

Doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de juicio de procedimiento ordinario número 537 de 2008, a instancias de don Enrique Locutura Rupérez y doña Isabel Ana María del Castillo Papi, contra don Ngobwa Te Litho e ignorados herederos de don Ngobwa Te Litho, sobre extinción de condominio, en los que se ha acordado notificar a los demandados, actualmente en ignorado paradero, la resolución dictada el día 26 de enero de 2009, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Ignacio Gómez Gallego, en representación de don Enrique Locutura Rupérez y doña Isabel Ana María del Castillo Papi, debo declarar y declaro extinguido el condominio existente respecto de la finca descrita, en el cual son titulares los actores en una proporción del 91,666 por 100 y don Ngobwa Te Litho o sus ignorados herederos en una proporción del 8,333 por 100, decretando la división de la referida finca, en el caso de no llegarse a un acuerdo para la adjudicación a uno de los copropietarios, con admisión de licitadores extraños y reparto del producto obtenido entre los condueños en proporción a sus respectivas cuotas en el correspondiente procedimiento de ejecución de sentencia.

Y para que conste y sirva de notificación a los demandados se extiende el presente que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de febrero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/1.993/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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