Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090226-0160
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MANZANARES EL REAL RÉGIMEN ECONÓMICO Por decreto de Alcaldía de fecha 5 de febrero de 2009 se han aprobado los períodos de cobranza de tributos para el presente ejercicio de 2009 que a continuación se indican, y que se hacen públicos para general conocimiento: Primero.—Aprobar el siguiente calendario tributario para el ejercicio de 2009, en período voluntario (sin perjuicio de modificaciones producidas por cuestiones técnicas que serán debidamente publicadas, en su caso): 1.o Período de cobro del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 2 de marzo al 30 de abril de 2009. 2.o Período de cobro de la tasa de recogida de residuos sólidos: del 1 de julio al 31 de agosto de 2009. 3.o Período de cobro del impuesto sobre bienes de naturaleza urbana y rústica e impuesto de actividades económicas: del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2009. Transcurridos los plazos señalados, se procederá al cobro de los recibos que no hayan sido satisfechos en período voluntario por la vía de apremio, con los incrementos en concepto de recargos, intereses y costas que procedan. Lo cual dispongo y firmo en Manzanares el Real, a 5 de febrero de 2009.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana. (02/1.804/09) |

