Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090226-0148
Páginas: 0
|
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN Secretaría de Estado de la Seguridad Social Instituto Nacional de la Seguridad Social Dirección Provincial de Madrid Resolución administrativa del expediente número 2007/029 de recargo por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Con el presente anuncio se procede a la publicación oficial de la resolución del expediente número 2007/029 de recargo por falta de medidas, al no haber sido posible efectuar en el último domicilio conocido la notificación a la empresa “Montajes Elec. F. López, Sociedad Limitada”, CCC número 28/102193736. En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación, se transcribe un extracto de la resolución de 21 de octubre de 2008, por la que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid, resuelve: 1. Declarar la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas, en el accidente de trabajo sufrido por doña Marinica Negulescu, en fecha 4 de agosto de 2007. 2. Declarar la procedencia de que la prestación de Seguridad Social, derivadas del accidente de trabajo, sean incrementadas en el 50 por 100 con cargo a las empresa que se detallan a continuación, que responderán del mismo solidariamente y deberán constituir en la Tesorería General de la Seguridad Social el capital coste necesario para proceder al pago de dicho incremento, durante el tiempo en que aquellas prestaciones permanezcan vigentes, calculando el recargo en función de la cuantía inicial de las mismas y desde la fecha en que estas se hayan declarado causadas. Empresas responsables: “Montajes Elec. F. López, Sociedad Limitada”, CCC número 28/102193736. “Roca Sanitario, Sociedad Anónima”, CCC número 28/14151569. 3. Declarar la procedencia de la aplicación del mismo incremento con cargo a las citadas empresas respecto a las prestaciones que, derivadas del accidente anteriormente mencionado, se pudieran reconocer en el futuro. Contra la presente resolución se podrá interponer reclamación previa en el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril). Madrid, a 7 de enero de 2009.—La directora provincial (PD de firma, acuerdo de 19 de diciembre de 2006, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de enero de 2007), la subdirectora provincial de Muerte y Supervivencia, Concepción Abánades Chiverto. (02/468/09) |

