Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090302-0204

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno municipal, en su sesión celebrada el 26 de febrero de 2009, acordó la aprobación provisional de modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:

— Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

— Tasa por expedición de documentos administrativos.

Asimismo, se hace constar que la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 25 de febrero de 2009, acordó la aprobación provisional de modificación de la ordenanza por prestación del servicio de la Escuela de Música Municipal.

Los interesados podrán examinar el expedietne y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:

a) Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.

b) Oficina de presentación: Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno municipal para la tasa y el impuesto y la Junta de Gobierno Local para el precio público.

Esta aprobación se elevará automáticamente a definitiva si durante el plazo de información pública no se presentasen reclamaciones.

Colmenar Viejo, a 26 de febrero de 2009.—El concejal-delegado de Hacienda, César de la Serna Moscol.

(03/6.268/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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