Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090303-0013
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.3 del Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, y para general conocimiento, se hace público el contenido en extracto de la Orden de 26 de enero de 2009, del Consejero de Economía y Hacienda: «Visto el expediente de solicitud de licencia comercial de gran establecimiento presentado por “ING Real State Development Spain Holding, Sociedad Anónima”, para la implantación del centro comercial “Inspira Decó”, en el Sector SUNP-T2 Noroeste, en el municipio de Torrejón de Ardoz, conforme a lo establecido en la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla dicha Ley, DISPONGO Conceder la licencia comercial de gran establecimiento para la implantación del establecimiento comercial “Inspira Decó”, en el Sector SUNP-T2 Noroeste, en el municipio de Torrejón de Ardoz, promovido por “ING Real State Development Spain Holding, Sociedad Anónima”, de 36.192,56 metros cuadrados de superficie útil para la exposición y venta, que será distribuida en tres grandes superficies comerciales superiores a 2.500 metros cuadrados, destinándose el resto de la superficie comercial a locales de mediano y pequeño tamaño, todos ellos especializados en artículos para el hogar, así como un espacio de exposición para el hogar denominado “Xperimenta”; además de 4.087,95 metros cuadrados de ocio y restauración, y 2.278 plazas de aparcamiento. En todo caso, todas aquellas unidades comerciales con superficie útil para exposición y venta superior a 2.500 metros cuadrados que se integren en el citado Parque Comercial, deberán solicitar su preceptiva licencia comercial, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 16/1999 de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid. La concesión de la referida autorización se entiende sin menoscabo de las competencias municipales correspondientes y, asimismo, de las de cualquier otra entidad o Administración, así como, en su caso, del procedimiento ambiental que se derive de la aplicación de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre Evaluación Ambiental». Madrid, a 29 de enero de 2009.—El Secretario General Técnico, Héctor Casado López. (01/603/09) |

