Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090305-0067

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.400 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdel Hakim Agzannay, contra don Nourdin Mohamed Aomar, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 68 de 2009

En Madrid, a 3 de febrero de 2009.—Su señoría ilustrísima doña J. Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de don Abdel Hakim Agzannay, asistido de letrado don Óscar I. Cañas Ramos, colegiado número 75.015, contra don Nourdin Mohamed Aomar, que no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por el actor don Abdel Hakim Agzannay, contra el demandado don Nourdin Mohamed Aomar, declarar la improcedencia del despido, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral, extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy, y condenar al demandado a que abone al demandante la indemnización de 1.882,25 euros, más los salarios de tramitación devengados desde el día del despido (9 de octubre de 2008), hasta el 14 de enero de 2009, a razón de 53,26 euros día, fecha en la que consta comenzó a prestar servicios para otra empresa. Con absolución respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/1400/08, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Dolores Pérez González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.769/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090305-0067