Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090306-0125

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORRES DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Mediante decretos de la Alcaldía-Presidencia 173/2009 y 174/2009 han quedado aprobados el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2009 y el padrón de la tasa por instalación de anuncios ocupando dominio público local, así como columnas, carteles y otras instalaciones locales análogas o visibles desde carreteras, caminos y demás vías públicas.

Dichos padrones estarán expuestos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por espacio de quince días a efectos de reclamaciones y recursos.

La exposición pública producirá los efectos previstos en el artículo 102 de la Ley General Tributaria en orden a la notificación colectiva de los padrones, así como de los datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de Recaudación, dicho impuesto y dicha tasa podrán pagarse en cualquier sucursal bancaria sita en esta localidad de “Ibercaja”, “La Caixa”, “Caja de Madrid”, “Caja Guadalajara” o “Banco Popular”, del 2 de marzo al 4 de mayo de 2009, ambos inclusive.

Por último, se hace significar, conforme a lo preceptuado en los artículos 160 de la Ley General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, que transcurrido el plazo voluntario de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se generen.

En Torres de la Alameda, a 16 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, Valentín Márquez Romero.

(02/2.257/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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