Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090306-0210
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 767 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Pollán Martín, contra la empresa “Metálicas Velasco, Sociedad Limitada”, y los administradores concursales doña Alejandra Romero López, don José Antonio Tortosa Mondéjar y “Alarifes & Trolhas, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 6 de febrero de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Estimando la demanda interpuesta por don Javier Pollán Martín, contra “Metálicas Velasco, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y a los administradores concursales doña Alejandra Romero López, don José Antonio Tortosa Mondéjar y “Alarifes & Trolhas, Sociedad Limitada Laboral”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada “Metálicas Velasco, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 3.996,61 euros por los conceptos y períodos indicados. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Metálicas Velasco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 6 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/5.124/09) |