Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090309-0042
Páginas: 0
|
C) Otras Disposiciones Consejería de Transportes e Infraestructuras
MINTRA (Madrid, Infraestructuras del Transporte), ente público dependiente de esta Consejería de Transportes e Infraestructuras, ha promovido la redacción del “Estudio de Viabilidad del proyecto de construcción de la duplicación de la carretera M-100. Tramo: R-2 a intersección con M-111”, que afecta a los términos municipales de Algete, Alcalá de Henares, Daganzo, Cobeña, Ajalvir y San Sebastián de los Reyes. El Estudio de Viabilidad incluye el Estudio de Impacto Ambiental relativo al mismo. Asimismo, se ha redactado, el "Anteproyecto de construcción de la duplicación de la carretera M-100. Tramo: R-2 a intersección con M-111". La actuación se sitúa en la zona noreste de la Comunidad de Madrid y une las autovías A-2 y A-1 atravesando sucesivamente los términos municipales de Alcalá de Henares, Daganzo, Ajalvir, Cobeña y San Sebastián de los Reyes. El tramo objeto del presente estudio se encuentra comprendido entre el punto kilométrico 7 y el punto kilométrico 23 de la M-100 y supone la duplicación de la misma, procediendo a la remodelación de los enlaces existentes a lo largo de todo el tramo. La duplicación de la M-100 supondrá potenciar un eje transversal, exterior a la M-50, que sirve de unión entre dos zonas con un fuerte potencial económico como son el Corredor del Henares y la Zona Norte de Madrid, mejorando notablemente la accesibilidad desde los núcleos urbanos de los municipios afectados a los ejes radiales que configuran las autovías A-1 y A-2, y las autopistas R-2 y R-1 (esta última pendiente de ejecución). Además, el notable aumento de la capacidad de dicha carretera como consecuencia de su duplicación permitirá que muchos vehículos la utilicen como alternativa a otras vías mucho más congestionadas. Para analizar la viabilidad de la infraestructura, se han considerado un total de 3 alternativas (A, B y C), en cuyo diseño se ha intentado aprovechar en la medida de lo posible las estructuras de paso existentes a lo largo de la carretera actual, minimizando en la medida de lo posible la afección a los terrenos colindantes. Estas alternativas se han comparado desde el punto de vista funcional, ambiental y económico, considerándose como más ventajosa la denominada alternativa A. A fin de cumplimentar la tramitación prevista en los artículos 112.3, 112.4 y 113.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el artículo 29.2 de la Ley 2/2002, de 16 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y los preceptos aplicables de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, con carácter previo a la aprobación de los citados Estudio de Viabilidad y Anteproyecto, procede su sometimiento al trámite de información pública, así como la petición de informe a los distintos organismos y entidades afectados. El Estudio de Impacto Ambiental estará también disponible en la página web de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (www.madrid.org). En su virtud, esta Secretaría General Técnica, HA RESUELTO Primero Someter el Estudio de Viabilidad y el Anteproyecto de construcción de la duplicación de la carretera M-100, tramo R-2 a intersección con M-111", que afecta a los términos municipales de Algete, Alcalá de Henares, Daganzo, Cobeña, Ajalvir y San Sebastián de los Reyes, al trámite de información pública por plazo de un mes mediante la inserción del oportuno anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados, a los efectos previstos en los artículos 112.3, 112.4 y 113.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en el artículo 29.2 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y a los efectos de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid. Segundo Remitir un ejemplar del Estudio de Viabilidad y el Anteproyecto de construcción, al objeto de que se emita informe en el plazo de un mes previsto en los citados artículos 112.3 y 113.3 de dicho cuerpo legal, a los siguientes organismos y entidades: — Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid. — Subdirección General de Desarrollo Rural. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid. — Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras. Comunidad de Madrid. — Dirección General de Carreteras. Ministerio de Fomento. — Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Ministerio de Fomento Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. AENA. — Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid. Comunidad de Madrid. — Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. — Canal de Isabel II (CYII). — Ayuntamiento de Algete. — Ayuntamiento de Alcalá de Henares. — Ayuntamiento de Daganzo. — Ayuntamiento de Cobeña. — Ayuntamiento de Ajalvir. — Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes. Tercero De conformidad con lo previsto en el artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, se evacua el trámite de consultas y puesta a disposición de las personas interesadas remitiéndose copia del Estudio de Impacto Ambiental a los siguientes organismos y entidades: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid: — Área de Calidad Hídrica. Dirección General de Medio Ambiente. — Área de Calidad Atmosférica. Dirección General de Medio Ambiente. — Área de Planificación y Gestión de Residuos. Dirección General de Medio Ambiente. — Área de Vías Pecuarias. Dirección General de Medio Ambiente. — Subdirección General de Conservación del Medio Natural. Dirección General de Medio Ambiente — Dirección General de Evaluación Ambiental. Dirección General del Patrimonio Histórico. Consejería de Cultura, Deporte y Turismo. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformidad con la normativa vigente, el referido expediente podrá ser examinado durante el plazo indicado en la Unidad de Información y Proyectos de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, sito en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en días hábiles, de nueve a catorce horas, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el día en que termine el plazo de información pública. Durante el expresado trámite de información pública, cuantas personas se consideren afectadas por dicho Proyecto podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido al excelentísimo señor Consejero de Transportes e Infraestructuras. Madrid, a 19 de febrero de 2009.—El Secretario General Técnico, Jaime Haddad Sánchez de Cueto. (01/778/09) |

