Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090309-0007
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID URBANISMO Área de Gobierno, de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Gestión Urbanística Subdirección General de Promoción del Suelo Servicio de Gestión de Suelo Privado Departamento de Gestión Zona 2 ANUNCIO El Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en su reunión de 27 de julio de 1993, adoptó el siguiente acuerdo: Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación como desarrollo del sistema de Cooperación en los terrenos comprendidos entre las calles Cochabamba, Ramón de Santillán, Llantén y Herreros de Tejada (plaza de Valparaíso), APD 5-9, de conformidad con lo establecido en el artículo 165.6 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 26 de junio de 1992, y artículos 109 y 110 del Reglamento de Gestión Urbanística, todo ello en cumplimiento de lo establecido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en su sentencia de 19 de junio de 1992, que en su parte dispositiva ordena retrotraer las actuaciones al momento de la aprobación inicial. Segundo.—Estimar parcialmente la alegación presentada por la representación legal de “Azulejos Vázquez, Sociedad Limitada”, en cuanto a la determinación del porcentaje de participación que le corresponde, tanto en beneficios como en cargas, en base al informe que antecede. Tercero.—Desestimar los restantes puntos de la alegación presentada por “Azulejos Vázquez, Sociedad Limitada”, en base al informe que antecede. Cuarto.—Notificar personalmente a todos los interesados el presente acuerdo, de conformidad con el artículo 111, en relación al 108, del Reglamento de Gestión Urbanística. Quinto.—Requerir a los interesados para formalizar la reparcelación mediante escritura pública o documento administrativo, con los requisitos establecidos en el artículo 113 del Reglamento de Gestión Urbanística, así como para la cesión de derechos al Ayuntamiento en pleno dominio y libre de cargas, de todos los terrenos que hayan de ser objeto de cesión obligatoria según el Plan, para su incorporación al Patrimonio Municipal del Suelo o su afección a los usos previstos en el mismo (artículos 100 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y 124 del Reglamento de Gestión Urbanística), una vez sea firme en vía administrativa el acuerdo de aprobación definitiva de la reparcelación. Lo que se publica para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7.1 del Real Decreto 1093/1997, sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística. Madrid, a 9 de febrero de 2009.—La directora general de Gestión Urbanística, Isabel Barona Villalba. (01/751/09) |

