Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090310-0154
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ZAMORA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Julio Escribano Sánchez, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Zamora. Doy fe: Que en los autos tramitados en este Juzgado bajo el número 511 de 2008, seguidos a a instancias de don Agustín Valcárcel Cabrera, contra “Recoa Exprés, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen como sigue: Sentencia número 11 En Zamora, a 11 de febrero de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Zamora, don José Gabriel Álvarez López, los presentes autos número 511 de 2008. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Agustín Valcárcel Cabrera, contra la empresa “Recoa Exprés, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.316,92 euros, más el interés del 10 por 100 anual para los conceptos salariales y responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en los límites fijados por la legislación. Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación que contra esta sentencia no cabe recurso de suplicación. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.—José Gabriel Álvarez López (rubricado). Y para que conste y sirva de notificación en forma a la empresa “Recoa Exprés, Sociedad Limitada”, hoy en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que el resto de las comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente, por duplicado, en Zamora, a 13 de febrero de 2009.—El secretario (firmado). (03/6.126/09) |

