Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090311-0053

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 220 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Daniel Higueras Pérez, contra la empresa “Inversiones Rosaro, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado con fecha 12 de febrero de 2009 auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Luis Daniel Higueras Pérez con la empresa “Inversiones Rosaro, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don Luis Daniel Higueras Pérez.

Indemnización: 1.832,89 euros.

Salarios: 12.300,46 euros.

Total indemnización y salarios: 14.133,35 euros.

En consecuencia, requiérase a la empresa demandada, “Inversiones Rosaro, Sociedad Limitada”, para que en el plazo de diez días hábiles ingrese la cantidad de 14.133,35 euros en la cuenta de consignaciones número 2510 que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, bajo apercibimiento que en caso de no realizarlo se iniciará la vía de apremio.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inversiones Rosaro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.700/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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