Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-03-2009

Sección 1.3.40.28: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090312-0231

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

846 RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2009, del Director, por la que se otorga el premio a la Quinta Edición del Premio a las Mejores Prácticas de las Administraciones Públicas Europeas en Materia de Protección de Datos, corres­pondiente al año 2008.

La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, por Resolución de su Director, de 7 de febrero de 2008, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 48, de 26 de febrero de 2008, convocó la Quinta Edición del Premio a las Mejores Prácticas de las Administraciones Públicas Europeas en Materia de Protección de Datos.

Con fecha 19 de diciembre de 2008, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la convocatoria se constituyó, mediante Resolución del Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, el Jurado que habría de evaluar las candidaturas presentadas, reuniéndose el mismo en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2009, al objeto de proceder a la valoración de los Proyectos, alcanzándose, por votación, el siguiente fallo:

1.  Otorgar el Premio a las Mejores Prácticas de Administraciones Públicas Europeas en Materia de Protección de Datos, en su quinta edición, al proyecto titulado “Alcobend@s. Protege tus datos”, presentado por el Ayuntamiento de Alcobendas (España).

2.  Otorgar tres menciones especiales a los proyectos titulados: “Creación del Registro de Historiales Académicos y alumnado esco­larizado en la Comunidad de Madrid presentado por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid”, “Manual de buenas prácticas para Entidades Locales del País Vasco en Materia de Protección de Datos Personales”, presentado por la Asociación de Municipios Vascos. Euskadiko Udalen Elkartea (EUDEL) e “Information security and privacy protection aspects of electronic information management in the Belgian social sector”, presentado por Crossroads Bank for Social Security (Bélgica).

El fallo alcanzado por el Jurado es inapelable y ello de conformidad con el artículo 7.4 de la Resolución de 7 de febrero de 2008.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.3 de la Resolución de 7 de febrero de 2008, el órgano de la Administración Pública que resulte premiado podrá hacer constar en sus impresos esta circunstancia durante el plazo de tres años.

A la vista de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 de la Resolución de 7 de febrero de 2008, el Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid

RESUELVE

Primero

Elevar a definitivo el fallo emitido por el Jurado nombrado por Resolución de 19 de diciembre de 2008, que ha valorado las candidaturas presentadas a la Quinta Edición del Premio a las Mejores Prácticas de Administraciones Públicas Europeas en Materia de Protección de Datos convocado por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Autorizar al Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid) a que durante el plazo de tres años siguientes a esta Resolución pueda hacer constar en sus impresos que ha obtenido el Premio a las Mejores Prácticas de Administraciones Públicas Europeas en Materia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, en su quinta edición.

Tercero

Notificar la presente Resolución a todos los interesados en los términos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto

Advertir a los interesados de que contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de la Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 16 de febrero de 2009.—El Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, Antonio Troncoso Reigada.

(03/6.413/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.28: I. COMUNIDAD DE MADRID

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