Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-03-2009

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090312-0326

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Sanidad

850 ORDEN 99/2009, de 19 de febrero, por la que se crean dos ficheros que contienen datos de carácter personal de los profesionales que ejercen funciones en la Dirección General de Ordenación e Inspección.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 4.1, establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, debe efectuarse mediante disposición de carácter general y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, requiriéndose previamente, con carácter preceptivo, el informe favorable de la Agencia de Protección de Datos de esta Comunidad, de conformidad al Decreto 99/2002, de 13 de junio, del Consejo de Gobierno, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter general, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

La Dirección General de Ordenación e Inspección al amparo de las atribuciones que le asigna el Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, es la competente en las atribuciones que aparecen descritas en su artículo 10, sin perjuicio de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En el desarrollo de dichas atribuciones se van a obtener diversos datos de carácter personal, que van a ser archivados y tratados informáticamente, o de forma manual estructurada, referidos al personal que realiza funciones en la Dirección General. Su finalidad es gestionar y tramitar de una manera ágil y eficaz los recursos humanos adscritos a la Dirección General de Ordenación e Inspección, recabando, para ello, datos profesionales, identificativos y de los puestos de trabajo que integran la plantilla de personal de la Dirección General de Ordenación e Inspección. La recogida de datos se realizará a través de la Relación de Puestos de Trabajo, de órdenes de nombramiento, de cese y autorización y que se archivan dando lugar a un fichero manual estructurado y al correspondiente fichero informatizado que se pretenden crear mediante la presente Orden del Consejero de Sanidad.

De acuerdo con lo anterior, se crean, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica por el artículo 6 del citado Decreto 22/2008, de 3 de abril, bajo la titularidad de la Dirección General de Ordenación e Inspección, los ficheros de datos de carácter personal siguientes:

Se crea un fichero manual estructurado constituido por el archivo de las órdenes y comunicaciones relativas al personal de la Dirección General y otro fichero informatizado constituido por el registro informático de los datos contenidos en la Relación de Puestos de Trabajo.

Ambos tratamientos de datos contemplan los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

En el Anexo I de la presente Orden se describe el fichero manual que se crea y en el Anexo II se describe el fichero informatizado que se crea.

La presente Orden ha sido informada favorablemente por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y sometida a la fase de alegaciones.

En su virtud, a iniciativa de la Dirección General de Ordenación e Inspección, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Artículo primero

Creación de ficheros

Aprobar la creación del fichero manual estructurado de datos de carácter personal que aparece descrito en el Anexo I a la presente Orden y el fichero informatizado estructurado de datos de carácter personal que aparece descrito en el Anexo II, dependientes de la Dirección General de Ordenación e Inspección, en los términos y condiciones recogidos por la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

Artículo segundo

Adopción de medidas de seguridad

Con respecto a la información de los ficheros que se crean, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos, evitando la pérdida, alteración, tratamiento o acceso no autorizado a los mismos.

Artículo tercero

Garantías de utilización de los ficheros

El Director General de Ordenación e Inspección, como titular del órgano administrativo responsable de los ficheros a los que hace referencia el artículo primero, adoptará las medidas necesarias para asegurar que los tratamientos de los datos de carácter personal, que se encuentren en los referidos ficheros, se utilicen y traten para la finalidad para la que fueron recogidos y para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de junio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 19 de febrero de 2009.

El Consejero de Sanidad,
 JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS

ANEXO I

FICHERO MANUAL ESTRUCTURADO GESTIÓN DE PERSONAL DE LOS PROFESIONALES QUE EJERCEN FUNCIONES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN.

1.  Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2.  Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y en su caso oposición cuando procedan: Servicio de Apoyo Técnico de la Dirección General de Ordenación e Inspección.

3.  Nombre y descripción del fichero: FICHERO MANUAL ESTRUCTURADO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE CONFORMAN LA PLANTILLA DEL PERSONAL ADSCRITO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN.

4.  Carácter del fichero: Manual.

5.  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

1) De carácter Identificativo: Nombre y apellidos de los trabajadores/as.

2) De empleo: Datos del puesto de trabajo (número de puesto, grupo del puesto de trabajo, nivel del complemento de destino, cuerpo y escala, vinculación, adscripción y situación administrativa).

6.  Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITOS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, MEDIANTE UNA TRAMITACIÓN ÁGIL DE SUS RECURSOS HUMANOS.

7.  Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: TODOS LOS TRABAJADORES/AS QUE EJERCEN SUS FUNCIONES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN.

8.  Procedencia y procedimiento de recogida de datos: Relación de Puestos de Trabajo, notificaciones de la Secretaría General Técnica de las órdenes de nombramiento y cese así como las comunicaciones de la Subdirección General de Personal relativas a los puestos de trabajo adscritos a la Dirección General de Ordenación e Inspección.

9.  Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas: No se prevén cesiones.

10.  Medidas de seguridad: De índole física y organizativa, para evitar la pérdida, alteración, tratamiento o acceso no autorizado de los datos.

ANEXO II

FICHERO INFORMATIZADO GESTIÓN DE PERSONAL DE LOS PROFESIONALES QUE EJERCEN FUNCIONES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN.

1.  Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2.  Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y en su caso oposición cuando procedan: Servicio de Apoyo Técnico de la Dirección General de Ordenación e Inspección.

3.  Nombre y descripción del fichero: PERSONAL DE LA D.G. DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN, CONTIENE INFORMACIÓN QUE PERMITE LA GESTIÓN Y TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.

4.  Carácter del fichero: Informatizado.

5.  Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN DE PERSONAL.

6.  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán: Datos de identificación nombre y apellidos y de puestos de trabajo.

7.  Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITOS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, MEDIANTE UNA TRAMITACIÓN ÁGIL DE SUS RECURSOS HUMANOS

8.  Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal: TODOS LOS TRABAJADORES/AS QUE EJERCEN SUS FUNCIONES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN.

9.  Procedencia y procedimiento de recogida de datos: Relación de Puestos de Trabajo, notificaciones de la Secretaría General Técnica de las órdenes de nombramiento y cese, así como las comunicaciones de la Subdirección General de Personal relativas a los puestos de trabajo adscritos a la Dirección General de Ordenación e Inspección

10.  Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas: No se prevén cesiones.

11.  Medidas de seguridad: Nivel básico.

(03/6.412/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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