Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090316-0122
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS GALAPAGAR ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria celebrada el 26 de febrero de 2009, acordó aprobar inicialmente el Reglamento del Registro de Documentos del Ayuntamiento. En conformidad con lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se abre un período de información pública de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que se puedan presentar reclamaciones y sugerencias. En expediente administrativo con el texto del reglamento podrá ser examinado en la Secretaría General del Ayuntamiento de Galapagar, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce. Las alegaciones y reclamaciones que se presenten serán resueltas por el Pleno de la Corporación. De no presentarse alegaciones o reclamaciones en el plazo citado, se entenderá aprobado definitivamente el reglamento. Contra el acuerdo de aprobación inicial del reglamento, por tratarse de un acto de trámite, no se puede interponer recurso alguno, en conformidad con lo que dispone el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Galapagar, a 27 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz. (03/6.468/09) |

