Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090316-0137

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MAJADAHONDA

OTROS ANUNCIOS

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2008, acordó aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del aparcamiento de vehículos en las vías públicas del Ayuntamiento de Majadahonda.

Las modificaciones que se realizan son las siguientes:

— Esta ordenanza pasa a denominarse “ordenanza de estacionamiento de Majadahonda”.

— En el artículo 15, donde dice: “artículo 5, apartado segundo y décimo cuarto”; debe decir: “artículo 5 y apartado segundo, y artículo 14”.

— Se introduce un nuevo artículo con el siguiente texto:

“En las vías urbanas queda prohibido el estacionamiento de todo tipo de vehículos que transporten o puedan transportar personas, mercancías o residuos, como puedan ser autobuses, camiones, tractores, remolques, semirremolques, cabezas tractoras, etcétera, que puedan resultar molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, o produzcan ruidos, olores y emanaciones.

En todo caso, queda prohibido el estacionamiento de todos aquellos vehículos con una tara superior a 3.500 kilogramos, salvo en aquellos lugares señalizados por el Ayuntamiento”.

Se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

En el caso de que durante dicho período no se presentaran reclamaciones ni sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional.

Majadahonda, a 24 de febrero de 2009.—El alcalde, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/6.628/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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