Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-03-2009

Sección 1.4.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090316-0075

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Consejería de Sanidad

Notificación de 18 de febrero de 2009, por la que se procede a la publicación de archivo de expediente administrativo sancionador en materia de aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, que se relacionan en Anexo adjunto.

Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento de la persona a continuación reseñada, en relación al procedimiento de referencia, que por parte del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expediente en el que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.

Madrid, a 18 de febrero de 2009.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, Almudena Pérez Hernando.

ANEXO

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-
 rimiento

Sumei Huang, plaza de Olavide, número 12, 28010 Madrid. — PS/05/0001012 — Archivo procedimiento sancionador.

Habiendo transcurrido el plazo previsto en el artículo 17.5 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, de 23 de noviembre de 2000), se procede a su archivo al haberse producido la caducidad del procedimiento por el transcurso del plazo de tres meses sin que se haya producido la notificación al interesado de la Resolución del expediente PS/05/0001012, sin que sobre los mismos hechos pueda incoarse nuevo expediente sancionador; a tenor de los previsto en el artículo 58.1 de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, el plazo para la prescripción de las infracciones leves es de un año.

Lo que se comunica al interesado indicado a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar esta Agencia Antidroga que la publicación íntegra de la Resolución lesiona los derechos o intereses legítimos de dichos titulares.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo Organismo que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Admi­nistrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 13.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), de acuerdo con la redacción efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” número 12, de 14 de enero de 1999), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” número 167, de 14 de julio), teniendo a su disposición el expediente de referencia dentro del citado plazo en las oficinas del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, sitas en la calle Julián Camarillo, número 4B, tercera planta, de Madrid.

(03/6.510/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID

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