Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090316-0089
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C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
El artículo 31.2 del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, de aplicación en la Comunidad de Madrid según la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, dispone que: Excepcionalmente, el encargado del Registro de Fundaciones puede, a instancias de los protectorados o de cualquier miembro de los patronatos, designar un auditor de cuentas para verificar las cuentas anuales de un determinado ejercicio, en los casos en que el patronato estuviera obligado a nombrar auditor y no lo hubiera hecho antes de la finalización del ejercicio a auditar. Este nombramiento se efectuará entre los auditores inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas y que figuren en la web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas para el territorio de la Comunidad de Madrid, donde figuran por orden alfabético. La lista incluye, también, aquellos auditores que tienen oficina o despacho abierto en este ámbito territorial, aunque tengan su sede principal en otra provincia. Para determinar el orden de nombramiento y para que este sea transparente, deberá efectuarse un sorteo público, cuya convocatoria deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Por todo ello, RESUELVO Primero Convocar el sorteo público para determinar el orden de nombramiento de auditores que, excepcionalmente y en los supuestos que establece el artículo 31.2 del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, deba nombrar la Encargada del Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid. Segundo Establecer que el sorteo tendrá lugar en el salón de actos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (Gran Vía, número 18, planta baja, de Madrid), el día 2 de abril de 2009, a las trece horas, y que pueden participar en él todos los auditores cuyo domicilio radique en la Comunidad de Madrid. También pueden asistir aquellos cuyo domicilio radique en otra provincia, pero que tengan abierto un despacho en este ámbito territorial. Tercero Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 24 de febrero de 2009.—El Director General de Seguridad e Interior, Enrique Barón Castaño. (03/7.097/09) |

