Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090317-0088

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 10 de febrero de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto el documento relativo a la modificación número 6 del Plan Parcial del Sector “Fuente Lucha”, redactado por los servicios técnicos municipales, cuyo objeto complejo consiste en la revisión del carácter del número total de viviendas estimado para el sector, la modificación del estándar de la dotación de plazas de aparcamiento, la nueva redacción de la ordenanza D, “Dotacional”, el incremento de la edificabilidad en las parcelas destinadas a equipamiento deportivo y en la rectificación de la delimitación de la parcela UP-13, y visto el informe emitido por los servicios jurídicos del Área de Urbanismo, es por lo que, en el marco de lo previsto en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, y en ejercicio de la competencia delegada por decreto de Alcaldía-Presidencia 7039/2007, de 25 de junio, esta Junta de Gobierno acuerda:

1.  Aprobar inicialmente la modificación número 6 del Plan Parcial del Sector “Fuente Lucha”, cuyo objeto se refiere en la motivación de la presente resolución.

2.  Someter este expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión en la provincia; plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen pertinentes.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 17 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/6.973/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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