Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090317-0041

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

Resolución 645/2009, de la Alcaldía-Presidencia.

Con fecha 4 de diciembre de 2008, el Ayuntamiento Pleno aprobó definitivamente la relación de puestos de trabajo de 2008 en la que se incluyen varias plazas vacantes que, en todo caso, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, procede incluir en la oferta de empleo público para 2009.—RHOR 3/09.

En base a estas consideraciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, así como los artículo 7 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Concejalía, en uso de las atribuciones que le confiere el 21.g), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, según la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, resuelve:

Primero.—Aprobar la oferta de empleo público 2009 del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes con el número de plazas que se relaciona a continuación y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.

Acceso libre

Personal funcionario

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: archivero municipal.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A1. Clasificación: escala de Administración General, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: técnico de Administración General.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: técnico de Administración Especial de Organización.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 2. Denominación: técnico de Administración Especial.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: psicólogo.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: técnico superior de Cultura.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: trabajador social.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 2. Denominación: técnico medio.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: inspector de consumo.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 2. Denominación: técnico especialista.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 9. Denominación: técnico especialista educador infantil.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C2 Clasificación: escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales. Número de vacantes: 5. Denominación: policía local.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C2. Clasificación: escala de Administración General, subescala Auxiliar. Número de vacantes: 9. Denominación: auxiliar administrativo.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C2. Clasificación: escala de Administración General, subescala Auxiliar. Número de vacantes: 1. Denominación: informador Servicio de Atención Ciudadana.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales. Número de vacantes: 2. Denominación: oficial mantenimiento.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: AP. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales. Número de vacantes: 1. Denominación: conserje colegio público.

Personal laboral

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: AP. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales. Número de vacantes: 1. Denominación: operario de servicios múltiples.

Promoción interna

Personal funcionario

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A2. Clasificación: escala de Administración General, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: técnico de Administración Especial.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: A2. Clasificación: escala de Administración General, subescala Técnica. Número de vacantes: tres. Denominación: técnico medio de Administración General.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: técnico especialista.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica. Número de vacantes: 1. Denominación: técnico auxiliar.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C1. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales. Número de vacantes: 1. Denominación: sargento.

— Grupo según artículo 76 de la Ley 7/2007: C2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales. Número de vacantes: 1. Denominación: cabo.

Segundo.—Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad establecidos en la Constitución.

Tercero.—La presente oferta de empleo público reservará un 5 por 100 de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Cuarto.—Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente oferta de empleo público, estas podrán incorporar las plazas incluidas en las ofertas de empleo público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas.

Asimismo, las convocatorias derivadas de la presente oferta de empleo público podrán incorporar las plazas correspondientes a procesos selectivos derivados de ofertas anteriores si resultasen vacantes algunas de las plazas convocadas, pudiendo, no obstante, efectuarse convocatorias extraordinarias para las referidas vacantes.

San Sebastián de los Reyes, a 10 de marzo de 2009.—Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/7.958/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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