Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090318-0241
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D) Anuncios Consejería de Transportes e Infraestructuras
I. Con fecha 11 de febrero de 2008, el ente público MINTRA (Madrid, Infraestructuras del Transporte), adscrito a la Consejería de Transportes e Infraestructuras, aprobó el denominado “Proyecto básico de una nueva línea de transporte ferroviario entre Móstoles Central y Navalcarnero. Clave: C-0-903”. A tenor de lo establecido en el artículo 233 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, dicha aprobación supone la declaración de utilidad pública y la urgencia de la ocupación a efectos de la expropiación forzosa, ocupación temporal y servidumbre de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra, siendo beneficiario de esta expropiación el citado ente público MINTRA. Con fecha 15 de diciembre de 2008 el ente público MINTRA aprobó la modificación del anejo de expropiaciones. Por Orden de 20 de enero de 2009, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, se sometieron a información pública las modificaciones de la relación de bienes y derechos afectados, omitiendo, por error, dos fincas en el término municipal de Navalcarnero. De acuerdo con lo previsto en los artículos 15 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, reguladora de la Expropiación Forzosa, la Administración deberá determinar los bienes y derechos cuya ocupación sea estrictamente indispensable para el fin de la expropiación, así como, en su caso, los que sean indispensables para previsibles ampliaciones de la obra o finalidad de que se trate. A tal efecto, procede someter al trámite de información pública recogido en el artículo 18 del mismo texto legal, por el plazo de quince días, dos nuevas fincas afectadas por las expropiaciones necesarias para la ejecución de las obras relativas al proyecto de referencia. Dichas fincas, con especificación de su naturaleza y titularidad, son las siguientes: El plano parcelario del proyecto podrá examinarse durante el referido plazo, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los locales del Área de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo (calle Maudes, número 17, de Madrid) o en el Ayuntamiento de Navalcarnero. II. En aplicación de los artículos 52 y 108 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, que determinan la necesidad de ocupación y ocupación temporal, se procede a la convocatoria de los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora citados en el Anexo único comparezcan en los Ayuntamientos de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal, con traslado, en su caso, a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera necesario. Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando, a tal efecto, el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes. A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente acreditada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, último recibo del pago del impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de perito y notario. III. La presente Orden se notificará personalmente al Alcalde-Presidente de los Ayuntamientos de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero y a los interesados, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos de los citados Ayuntamientos y en dos diarios de gran circulación de esta capital. Dicha publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos, de los que se ignore el lugar de la notificación o el medio que permita tener constancia de su recepción, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Hasta el día señalado para el levantamiento de actas previas, podrán formularse las alegaciones que se consideren oportunas, a los efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Consejería de Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica, Área de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo (calle Maudes, número 17, 28003 Madrid). Por lo expuesto, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes, DISPONGO Primero Someter al trámite de información pública por el plazo de quince días las dos nuevas fincas afectadas por el expediente de expropiación forzosa, con motivo de las modificaciones introducidas en el anejo de expropiaciones del “Proyecto básico de una nueva línea de transporte ferroviario entre Móstoles Central y Navalcarnero”, en el término municipal de Navalcarnero. Segundo Convocar a los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora señalados comparezcan en los Ayuntamientos de Móstoles, Arroyomolinos y Navalcarnero, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal. Tercero Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos afectados y en dos diarios de la capital. Madrid, a 10 de marzo de 2009.–El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PDF (Orden de 1 de julio de 2008), el Secretario General Técnico, Jaime Haddad Sánchez de Cueto. ANEXO ÚNICO Término municipal Móstoles Término municipal Arroyomolinos Término municipal Navalcarnero (03/7.917/09) |

