Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0124
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS NUEVO BAZTÁN ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Por resolución de la Alcaldía 141/2009, de 5 de marzo, se resolvió: Considerando que la señora alcaldesa, doña Mercedes Iglesias Gómez, manifiesta que va a ausentarse del municipio durante el día 6 de marzo de 2009, por motivos personales. En virtud de lo preceptuado en los artículos 44.1.2, 47 y 48 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por razón de ausencia del municipio, y de conformidad con el informe de Secretaría número 94/09, he resuelto: Primero.—Que todas las facultades inherentes a esta Alcaldía-Presidencia sean asumidas por el primer teniente de alcalde de este Ayuntamiento, don Luis Miguel Pareja Cano, en el período comprendido entre las ocho horas del día 6 de marzo de 2009 y hasta las ocho horas del día siguiente, 7 de marzo del corriente. Segundo.—Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios. Tercero.—Que se notifique al interesado. En Nuevo Baztán, a 5 de marzo de 2009.—La secretaria (a efectos de fe pública de 5 de marzo de 2009), Teresa Herrero Hernández.—La alcaldesa-presidente, Mercedes Iglesias Gómez. Asimismo, se comunica que esta resolución es un acto administrativo definitivo, y contra el mismo podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 113.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Nuevo Baztán, a 6 de marzo de 2009.—El alcalde (resolución de delegación 141/2009), Luis Miguel Pareja Cano. (03/7.301/09) |

