Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0124

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por resolución de la Alcaldía 141/2009, de 5 de marzo, se resolvió:

Considerando que la señora alcaldesa, doña Mercedes Iglesias Gómez, manifiesta que va a ausentarse del municipio durante el día 6 de marzo de 2009, por motivos personales.

En virtud de lo preceptuado en los artículos 44.1.2, 47 y 48 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por razón de ausencia del municipio, y de conformidad con el informe de Secretaría número 94/09, he resuelto:

Primero.—Que todas las facultades inherentes a esta Alcaldía-Presidencia sean asumidas por el primer teniente de alcalde de este Ayuntamiento, don Luis Miguel Pareja Cano, en el período comprendido entre las ocho horas del día 6 de marzo de 2009 y hasta las ocho horas del día siguiente, 7 de marzo del corriente.

Segundo.—Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios.

Tercero.—Que se notifique al interesado.

En Nuevo Baztán, a 5 de marzo de 2009.—La secretaria (a efectos de fe pública de 5 de marzo de 2009), Teresa Herrero Hernández.—La alcaldesa-presidente, Mercedes Iglesias Gómez.

Asimismo, se comunica que esta resolución es un acto administrativo definitivo, y contra el mismo podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 113.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Nuevo Baztán, a 6 de marzo de 2009.—El alcalde (resolución de delegación 141/2009), Luis Miguel Pareja Cano.

(03/7.301/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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