Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0213

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

EDICTO

Doña María José Baena Cacenave, secretaria judicial con destino en el Juzgado número 4 de San Lorenzo de El Escorial.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de expediente de dominio para la inmatriculación del exceso de cabida de la finca número 2.030 del Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial, a instancias de don Florentino Esteban Sánchez y doña María Cristina Esteban Briones, representados por el procurador señor Bartolomé Garretas, y en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña Susana María Molina Gutiérrez.—En San Lorenzo de El Escorial, a 23 de enero de 2009.

Recibido el precedente escrito, documentos que se acompañan, poder y copias del procurador don Marcelino Bartolomé Garretas, incóese el expediente de dominio para la inscripción de exceso de cabida en el que se le tendrá por personado en nombre y representación de don Florentino Esteban Sánchez y doña María Cristina Esteban Briones, entendiéndose con ellos las sucesivas notificaciones y diligencias en virtud del poder presentado que, previo testimonio en autos, se le devolverá.

La finca sobre la que se pretende la inmatriculación del exceso de cabida está ubicada en Valdemorillo, al sitio de Los Vaqueros, parcela 9 del polígono 8 del Catastro de Rústica de dicho término municipal. Está inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de El Escorial, al tomo 2.865, libro 224 de Valdemorillo, folio 45, finca número 2.030 inscripción sexta.

Dese traslado del escrito presentado al ministerio fiscal, entregándose las copias del escrito y documentos, y cítese a quienes se dirá a fin de que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, citando a aquellos cuyo domicilio sea desconocido por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que sirva de citación a “Beseler Holding, Sociedad Limitada”, doña María Antonia Aguilar y para que sirva de citación a Rodríguez, doña Lucía Conde Gutiérrez, doña Inés María Graziati Menénez, don Javier García León Cuevas, doña Maruja Álvarez Chacón, doña Sara Pérez Alonso, don Pablo Notario Arévalo, don Fernando Polanco Fernández, don Mikdel Barry Tribe Marshall y Ayuntamiento de Valdemorillo, en calidad de dueños de las fincas colindantes; a doña Pastora Velasco Oller y doña Áurea Briones Pajares, en calidad de titulares registrales, y a “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja (IBERCAJA), en calidad de titular de derecho real de hipoteca.

Asimismo, convóquese a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada por medio del Ayuntamiento y del Juzgado de paz de Valdemorillo y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente a los efectos expresados. Líbrense los despachos acordados y hágase entrega del edicto para el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al procurador solicitante.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—Firmado y rubricado.

Para que sirva de emplazamiento en forma a todas las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción y a cualquiera de los indicados en la providencia inserta, caso de resultar negativa, expido el presente en San Lorenzo de El Escorial, a 23 de enero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/2.848/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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